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Contaminación

¿Influyentismo y corrupción en Tamaulipas?

Preguntemos a la PROFEPA para que sirve


¿Cuál contaminación produce el Ingenio El Mante?


En la región de El Mante la contaminación

ambiental acaba con todo género de vida.

Dos factorías azucareras responsables

operan con la mayor impunidad.

Escribe/JESUS AVILA MURILLO

Ciudad Mante, Tamaulipas, México, (18:15 Horas Noviembre 23 de 2009).- Algo extraño ocurre en la Delegación Tamaulipas de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, al permitir que con toda impunidad y de manera flagrante se atente contra todo signo de vida en la región de El Mante, en donde funcionan dos factorías azucareras generadoras de un alto grado de contaminación ambiental.

  A finales del próximo pasado mes de octubre, este medio de comunicación hizo una extensa y pormenorizada denuncia sobre el deterioro del medio ambiente, a causa del indiscriminado uso de agroquímicos que se emplean en las faenas agrícolas, de la irracional quema de miles de hectáreas de cultivos de caña de azúcar, de la destrucción de la atmósfera con humos industriales que surgen de irregulares chimeneas, así como la descarga de aguas residuales carentes de oxígeno y cargas de sedimentos ácidos, mismas que van a parar al cauce del Río Mante y al Río Guayalejo.

  Posteriormente, en la primera semana del presente mes, al iniciar el ciclo zafrístico 2009-2010 el Ingenio de Xicoténcatl, la información periodística al respecto fue ampliada, sustentando los hechos con fotografías y datos documentales sobre las graves consecuencias que representa para la salud de cientos de miles de seres humanos, pertenecientes a 7 municipios que de una u otra forma sufren los estragos de esa letal contaminación.

  Ambas situaciones fueron con oportunidad planteadas ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, dependencia que turnó el caso a su Dirección de Denuncias Ambientales, Quejas y Participación Social, de donde enviaron dos comunicados a la Redacción de X-ESO manifestando la transferencia de esta denuncia periodística a la Delegación Tamaulipas de la misma dependencia, estos comunicados oficiales fueron firmados al calce por Karla Isabel Acosta Rezendi, directora general.

  Sin embargo, al paso de los días se pone de manifiesto la negligencia prevaleciente en la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Delegación en el Estado de Tamaulipas, debido a que su titular y personal de la misma dependencia, han mostrado oídos sordos a estas observaciones hechas por la superioridad, de tal forma que el título de Protección al Ambiente, no es más que una mera nominación rimbombante y que para nada sirve.

  En el verano de 2008, la región de El Mante se vio devastada por tremendas inundaciones como consecuencia de lo que llamaron “lluvias atípicas”, este fenómeno climatológico dañó cientos de hogares de modestas familias, acabó con todos los cultivos, provocó mortandad de ganado y diversas enfermedades, se puede decir que la madre naturaleza nos castigó severamente, pero la realidad es que hay hechos causantes de estos notables desajustes climatológicos.

  Todavía sin recuperarse del todo los campos agrícolas y los productores pecuarios, el verano de 2009 un nuevo fenómeno climatológico vino a asestar un nuevo zarpazo a la región de El Mante, esta vez una prolongada etapa de sequía extrema aniquiló por completo la agricultura (entre ellos a cañicultores), nuevamente hubo mortandad en los hatos ganaderos, pero este suceso ha sido justificado, no ocurrió nada más en El Mante.

  El pasado día 20 del presente mes, el ingenio del Mante puso en marcha un nuevo período de molienda, una nueva etapa de devastación, pero para la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Delegación Tamaulipas, no está pasando nada, aunque en sus archivos existan expedientes que muestran los resultados de dos inspecciones técnicas que realizaron tanto en el Ingenio Xicoténcatl como en el de El Mante, documentos del cual guardamos copias fieles y en donde se muestran todas las deficiencias operativas de ambas factorías azucareras.

  Esto viene a demostrar que el influyentismo y la corrupción existen en grado superlativo en Tamaulipas, porque ni modo que el gobierno del estado se diga ignorante de lo que sucede en esta región, que los diputados en el Congreso del Estado no estén al tanto de lo que marca la Ley de Protección al Ambiente, que los presidentes municipales y miembros de los ayuntamientos desconozcan cuales son sus atribuciones sobre este grave problema.    - Todo puede esperarse en este México nuestro, en Tamaulipas y municipios donde la contaminación ambiental se muestra como asesino latente, se quebranta el estado de Derecho y se elude cumplir con la Ley, para no afectar poderosos intereses económicos, aunque la muerte de sus habitantes se de paulatinamente.

La delegación Tamaulipas de la PROFEPA
guarda silencio ante denuncia de contaminación


Dos aspectos diferentes del Ingenio de Xicoténcatl produciendo humo industrial que contamina
la atmósfera de la región sur de Tamaulipas.


El Ingenio de Xicoténcatl ha iniciado un

nuevo ciclo para atentar contra la vida

de todos los seres vivientes en la región.

Escribe/JESUS AVILA MURILLO

Ciudad Mante, Tamaulipas, México, (13:45 Horas Noviembre 08 de 2009).- El pasado día 4 de los corrientes, cañicultores, obreros, camioneros, jornaleros, propietarios de maquinaría agrícola, comerciantes y propietarios de la factoría denominada Compañía Azucarera del Río Guayalejo, SA, de CV, en el vecino municipio de Xicoténcatl, lanzaron la campanas al vuelo con motivo del inicio del ciclo zafrístico 2009-2010.

  El proceso de la molienda de caña de azúcar en la referida factoría, representa la reactivación económica de los xicotequenses, incluyendo algunos sectores comerciales de El Mante, sin embargo, como la historia lo muestra; ¿cuál es el costo que deben pagar todos los habitantes de esta región cañera?

  La Compañía Azucarera del Río Guayalejo, SA de CV, cierto, representa el pivote alimentador de la economía de muchos hogares, grandes y chicos, por estar considerada como la principal fuente de empleo, pero el costo que por años están pagando los habitantes de la región de influencia de esta empresa, es su salud, la contaminación ambiental en grado superlativo que de manera permanente ocasiona la industrialización de la caña de azúcar, ha estado minando la salud de los seres humanos, acabando con la flora y fauna silvestre, dañando el sistema ecológico de manera irreversible.

  Así, de esa forma flagrante, con la mayor impunidad del mundo y bajo la complacencia de las autoridades federales, estatales y municipales, los dueños del Ingenio Xicoténcatl, como se conoce comúnmente esa factoría, han reiniciado la devastación del medio ambiente en esta parte del estado de Tamaulipas, en este nuevo período comprendido entre el mes de noviembre de 2009, al mes de abril de 2010, decenas de miles de toneladas de humo y cenicilla proveniente de la quema irracional de miles de hectáreas de cañaverales, durante los próximos 5 meses aportarán lo necesario para seguir manteniendo la inversión térmica, coadyuvando al calentamiento global sin ningún asomo de preocupación por el incierto futuro inmediato del planeta.

 
La quema de miles de hectáreas de cañaverales provoca
la inversión térmica.


  Como valor agregado a esta desconsiderada contaminación de la atmósfera con la quema de miles de hectáreas de cañaverales, también destaca por su alto grado de polución, los humos que provienen de las calderas, los que sin cumplir con la Norma Oficial de México de 1994 (NOM/94), son lanzados a cielo abierto por las tres irregulares chimeneas, además de producir aguas altamente contaminadas que recorren un trayecto de más de 50 kilómetros hasta llegar al cauce del Río Guayalejo.  - Se trata de aguas residuales industriales generadoras de letales gases que se dejan sentir en nauseabundos olores que impregnan todo el medio ambiente, además de que estas aguas carecen totalmente de oxígeno.

  En un trabajo periodístico anterior de este medio de comunicación, se expuso de manera amplia y real, todo lo relacionado a este eterno problema de contaminación que al paso de los años ha estado minando la salud de todos los habitantes de más de 7 municipios ubicados en la región sur de Tamaulipas, información que fue enviada a manera de denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, habiendo recibido respuesta de esta dependencia a través de la Subprocuraduría Jurídica de la Dirección General de Denuncias Ambientales, Quejas y Participación Social, mediante el oficio PFPA/5.3/2C.28.5/0699/09, fechado en México, DF el 15 de Octubre de 2009.

  En este documento oficial se manifestó que: Esta denuncia luego de haber sido analizada debidamente fue turnada a la Delegación de esa Procuraduría en el Estado de Tamaulipas, dependencia que cuenta con antecedentes al respecto, a la cual se le había solicitado un informe detallado del asunto procesal sobre este caso.

  A casi un mes de esa notificación, todo indica que la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en Tamaulipas, no ha cumplido con esos ordenamientos emanados de la superioridad, lo que deja entrever que existe algún compromiso que impide la actuación de estas autoridades, para exigir a los propietarios del Ingenio de Xicoténcatl, cumplan con los resultados de 2 verificaciones que ya se hicieron y en donde los peritos encontraron pruebas más que contundentes sobre la contaminación ambiental que se produce en esta factoría.

  Separadamente de lo anterior, este medio de comunicación de manera extraoficial ha sido informado que; la familia Sáenz ha vendido a un grupo de inversionistas ingleses, casi el 90% de las acciones de propiedad de los Ingenios de Xicoténcatl y El Mante, por lo que se niegan a ejecutar cualquier tipo de inversión y corregir el problema de contaminación, amenazando con cerrar este par de industrias azucareras tamaulipecas, advertencia que impide cualquier otra manifestación de protesta por parte de los afectados, es decir, se prefiere ganar unos pesos cada ciclo zafrístico que preocuparse por la salud propia.

  De esta forma está presente la muerte silenciosa de todo ser viviente en esta parte del estado de Tamulipas, sin que nadie haga algo.  - En este nuevo período de la molienda de caña y su procesamiento para obtener azúcar, el mortal círculo de contaminación Tierra, Agua, Aire, dejará una vez más sus devastadores efectos y, esto no lo dice el periodista, los datos están escritos en las pruebas existentes que ya obtuvo en su momento (1999-2002), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, luego de dar trámite a la valerosa denuncia que hizo la regiomontana licenciada Alejandra Trujillo Garza.

La Muerte nos llega por Aire, Agua y Tierra


La contaminación y el precio que pagamos

los habitantes de El Mante y su región

Escribe/JESUS AVILA MURILLO

Director general de www.mantex-eso.com

N. de la R.- Los naturales vínculos que existen entre sociedad-medios de comunicación, es un elemento de responsabilidad indestructible, que exige se cumpla con ética profesional la difícil tarea de informar con objetividad. 

  A partir de esta permanente relación, cualquier medio informativo escrito, hablado, de imagen o electrónico, debe cumplir como tribuna y vocero de las más sentidas demandas de la sociedad.

  Frente a estas condiciones, X-ESO asumiendo el papel que le corresponde, recibió y atenderá la justa y acertada llamada de atención que nos hiciera la prestigiada abogada regiomontana Alejandra Trujillo Garza, que sin ser mantense, dedicó tiempo, dinero y esfuerzo, para denunciar el alarmante y alto índice de contaminación ambiental que producen los Ingenios del Mante y Xicoténcatl, cuyos efectos de muchos años han quebrantado notablemente la salud de todos los habitantes de este municipio y su región.

  Estimulados por ese enérgico llamado de participación hecho por la licenciada Trujillo Garza en un grave problema universal, como es la destrucción del medio ambiente, agrediendo y atentando contra la salud de todos los seres vivientes, X-ESO advierte que, sin estar descubriendo el hilo negro o el agua tibia, como coloquialmente se dice, nos dimos a la tarea de retomar con mayor profundidad un tema que hace años hemos expuesto a la opinión pública.

EN LA DECENA DE MILES DE FAMILIAS QUE HABITAN EN EL MANTE; ¿QUIÉN NO HA PERDIDO UN SER QUERIDO A CAUSA DEL CANCER EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES?

Croquis del Municipio de El Mante, Tamaulipas.


  El Mante es un municipio tamaulipeco ubicado en la porción sur del estado, colinda al Norte con Xicoténcatl y Gómez Farías; al Sur con Pánuco, Veracruz y con Ebano y Tamuín, municipios potosinos; al Este con González y al Oeste con Ocampo y Antiguo Morelos.     

  Consta de una superficie territorial de 1 mil 699.98 Kilómetros cuadrados, su población es de 112 mil 061 habitantes; 38 mil 130 que radican en la zona urbana y 73 mil 931 que habitan en la zona rural.

  De esa cantidad de habitantes, 56 mil 092 están inscritos en el régimen del Seguro Social para su atención médica; 7 mil 943 son derechohabientes del ISSSTE; 21 mil 150 cuentan con el Seguro Popular; 165 recurren a los servicios médicos particulares y 26 mil 248 permanecen totalmente desprotegidos, debiendo valerse de sus propios medios para resolver cualquier problema de salud.

 
Vista satelital de la Zona Urbana de El Mante.

  De la superficie total que abarca El Mante; 2 mil 717 hectáreas corresponden a la mancha urbana, sin tomar en cuenta las que ocupan las zonas urbanas de las más importantes comunidades rurales como pueden ser el Poblado El Limón, Congregación Quintero, Congregación El Abra, Ejido Celaya, El Olímpico, División del Norte, Lázaro Cárdenas, Poblado Plan de Ayala, Poblado Nuevo Tantoán, Poblado Nueva Apolonia, Poblado Los Aztecas y Poblado Tantoyuquita.

  Asimismo, del 1 mil 699.98 Kilómetros cuadrados de territorio mantense, 190 mil 643 hectáreas están dedicadas a la agricultura, entre ellas 16 mil destinadas expresamente al cultivo de la caña de azúcar, 48 mil 428 a la ganadería, 47 mil 008 presuntamente son forestales y 3 mil 262 hectáreas de usos diversos.

  En este entorno geográfico que estamos dando a conocer, El Mante es surcado de Poniente a Oriente, por los caudales del Río Guayalejo, Río Mante, Río Santa Clara y Río Tantoán, sin tomar en consideración otras importantes corrientes naturales de agua como el Arroyo San Rafael, Arroyo del Nopal, Arroyo de la Cazuela y algunas rayas más, portadoras de aguas permanentes.

 Ha sido necesario exponer esa importante serie de datos detallados de El Mante, para estar en condiciones de apreciar en toda su magnitud, los estragos contaminantes que se derivan de toda una gama de agroquímicos que se emplean cíclicamente en las labores de agricultura.

  Por ser el cultivo de la caña de azúcar el único que se industrializa en esta localidad, señalaremos que los productores de esta materia prima han determinado emplear una variedad conocida como CP-60-20, la cual es más resistente a las plagas y enfermedades.

  Las plagas comunes que atacan los cañaverales son; la Rata, la Mosca Pinta y el Barrenador.

 
Cultivo de la Caña de Azúcar.

 Para combatir las afectaciones que produce la Rata, los cañicultores emplean Cebos envenenados, compuestos químicos que contienen Sulfato de Talio, Cianuro o WarFarina, agentes altamente tóxicos para todos los seres de sangre caliente (incluyendo los humanos); la aplicación de estos cebos se hace manualmente, sus efectos son de reacción tardía, causando la muerte del roedor después de un tiempo de consumir el cebo envenenado, su cadáver se momifica hasta ser disuelto, produciendo que sus restos sean absorbidos por la tierra en donde permanece por años y se desplazan hasta los mantos friáticos subterráneos.

  La Mosca Pinta fue combatida en los cañaverales con aplicaciones de un insecticida denominado BHC en polvo, su aplicación es con equipo manual o aérea, anteriormente se aplicaba (desde los 60’s hasta 1980), Exacloruro de Benzeno, agente cancerigeno, y va hasta el Jade de Bayer producto granulado que también se utiliza y se esparce vía aérea.

  La utilización de estos agroquímicos todos nocivos para la salud, forman una cadena letal para todos los seres vivientes; Aire-Tierra-Agua, máxime si se toma en consideración que en El Mante y su región se viola flagrantemente la Ley Fitopecuaria, al no existir inspectores dedicados a hacer respetar los horarios de aplicación aérea, así como las dosis a emplear.

  Como fertilizante para la caña de azúcar se utiliza uno de los productos más comunes que es el Sulfato de Amonio en polvo, agente ligeramente tóxico que se aplica manualmente, también se emplea el Ultra-Mix que contiene Nitrógeno, Fósforo, Potasio y Azufre y también es ligeramente tóxico, es granulado y se aplica con máquina manual.

 
(Izq.) Canal abastecedor del Ingenio Mante; (der.) Canal de desagüe.


  En el caso de la utilidad para irrigar los cañaverales del agua residual que proviene de la fábrica de azúcar, es un mito que el líquido contenga nutrientes o fertilizante por tratarse de aguas negras.

  El contenido de las aguas residuales del Ingenio Mante es totalmente ácido, con efecto nocivo inmediato para el medio ambiente, produce un gas altamente contaminante para el medio ambiente al carecer de oxígeno: (Años atrás se clausuró la laguna de oxidación de esta agua residual, creando un canal de desfogue que cruza por varios asentamientos urbanos densamente poblados).

  No obstante a que la Norma Oficial Mexicana prohibió desde 1995 la quema de cañaverales, esta regla no se aplica en El Mante, donde cada año en época de zafra, se queman esas 16 mil hectáreas, produciendo la degradación del suelo, contaminando agua y aire además de que las miles de toneladas de humo que se producen son altamente tóxicas para el ser humano.  - Como valor agregado a los efectos nocivos que produce la quema irracional de cañaverales, en El Mante, más que en ningún otro lugar, la inversión térmica está manifiesta de forma permanente.

  A causa de esos excesos en que se ha caído, sin mayor respeto por el medio ambiente, en El Mante se ha extinguido casi en su totalidad la presencia de la vida silvestre; no hay conejos, zorras, tejones (coatí), mapaches, coyotes, peces, zopilotes, halcones, gavilanes, serpientes (salvo la de dos pies), liebres, loros, cotorros, en los ríos han desaparecido el bagre, la guabina (metapil), la guapota, el catán, la acamalla, la ánguila, entre otras muchas especies.

  De esta forma, haremos un recuento de lo más breve, sobre la intervención de denuncia en contra de los Ingenios del Mante y Xicoténcatl que hiciera la licenciada Alejandra Trujillo Garza ante diversas dependencias oficiales, a cuyos titulares exigió tomaran cartas en el asunto de la despiadada contaminación ambiental que ocasionan estas dos factorías productoras de azúcar.

  En oficio Número 16/QD-1165/99 del día 1 de diciembre de 1999, la Contraloría Interna en la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca Denuncias y Quejas, expuso ante el Maestro Antonio Azuela de la Cueva, Procurador Federal de Protección al Ambiente, con atención al licenciado Eduardo Calvé Almeida, Director General de Denuncias y Quejas los siguiente:

 
Vista satelital de instalaciones del Ingenio Mante.


  Me permito remitir a Usted para los efectos conducentes, la queja con el número de folio 005/99, recibida vía Internet en este Organo Interno de Control, el 22 de octubre del año en curso, suscrita por la C. Alejandra Trujillo Garza, ya que derivado de su estudio y análisis se desprende que la misma se refiere a la contaminación y extinción de las especies en el Río Guayalejo y no a una queja en contra de algún Servidor Público adscrito a la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

  Posteriormente a este escrito, la licenciada Alejandra Trujillo Garza recibió un comunicado de la Procuraduría Federal Protección al Ambiente con fecha 17 de diciembre de 1999, en donde se le agradece la exposición de hechos de inconformidad en contra del C. Aarón Sáenz propietario de los ingenios Mante y Xicoténcatl, por la contaminación de los Ríos Mante y Guayalejo, causando la extinción de la flora y especies piscícolas del lugar.

  En este documento informativo se le manifiesta a la denunciante que; con fundamento en los Artículos 191 y 193 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, su denuncia había sido registrada en el Sistema de Atención a la Denuncia Popular con el número de folio RN//034/99.

  Debido al tradicional burocratismo prevaleciente en las dependencias oficiales, la licenciada Alejandra Trujillo Garza insistió cuantas veces fue necesario, incluso en febrero 15 del año 2000, se dirigió al MVZ Abundio González González Delegado en Tamaulipas de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a quien hizo saber que su denuncia no estaba enfocada en contra de la Industria Azucarera, sino dirigida a llamar la atención de las autoridades competentes, para que se realice una verificación en estos ingenios azucareros que utilizan gran cantidad de químicos y ácidos mortales, con la intención de obligarlos a instalar una Planta Tratadora de Aguas o bien a utilizar químicos biodegradables.

  El alto grado de valor civil de la licenciada Alejandra Trujillo Garza, impelida por el atraso de respuesta efectiva a su denuncia, con recursos propios contrató los servicios de personal técnico altamente calificado, perteneciente a la empresa regiomontana Proyectos y Estudios Sobre Contaminación Ambiental, a efecto de realizar un muestreo y análisis de las aguas residuales provenientes del Ingenio del Mante que desembocan en el Río Guayalejo, en este muestreo se comprobó la total ausencia de oxigeno en esas aguas, la significativa aportación de sólidos disueltos en las mismas, factores que ocasionan la muerte de especies piscícolas y flora acuática.

 
Canal de aguas ácidas residuales carentes de oxigeno.

  Los resultados de estos análisis a las aguas residuales fueron turnados el mes de marzo de 2000 a las autoridades del medio ambiente, reiterando la denunciante que en este proceso no pretende fines lucrativos, sino el cuidado de esta parte del país para el futuro de las nuevas generaciones.

  Habiendo transcurrido tres años desde el inicio de esta denuncia, la licenciada Alejandra Trujillo Garza recibió el 7 de junio de 2000, el Oficio PFPA-DET-DDQ-024/00 relacionado al expediente RN/0342/99, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Delegación Tamaulipas, Departamento de Quejas, la siguiente notificación:

  Para informarle que en virtud a su denuncia contra los Ingenio Mante y Xicoténcatl por contaminación a los Ríos Mante y Guayalejo, personal especializado adscrito a la Subdelegación de Verificación Industrial dependiente de esta Delegación, con apego a nuestra competencia realizó visita de inspección a dichos ingenios, con el propósito de determinar la existencia de los hechos constitutivos de la denuncia, elaborando las actas de inspección 28-021-001-2000 y 28-043-001-2000, mismas que fueron turnadas a la Unidad Jurídica para su procedimiento correspondiente, firmando al calce el MVZ Abundio González González Delegado Estatal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

  El 3 de agosto de 2001, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Delegación Tamaulipas Departamento de Denuncias y Quejas, emitió un acuerdo resolutivo en base a la denuncia hecha por la licenciada Alejandra Trujillo Garza que radicó en el expediente RN/0324/99.

  En materia de prevención y control de la contaminación de la atmósfera, la Compañía Azucarera del Río Guayalejo SA de CV Xicoténcatl, la empresa rebasa el límite máximo permisible establecido en NOM-085-ECOL/1994, para partículas sólidos totales en todos sus equipos generadores de emisiones a la atmósfera (7 calderas).

 
La vieja factoría azucarera mantense.

  En materia de residuos peligrosos, la empresa es generadora de Bifenilos Policlorados sin identificación, carece de registro como generador de residuos de aceite lubricado gastado, no cuenta con bitácora de movimientos de entrada y salida del almacén de rebaba de maquinado, estopas impregnadas con aceites y grasas.

  La empresa cuenta con tres transformadores los cuales contienen aceite con Bifenilos Policlorados sobre suelo natural y a cielo abierto.

  La empresa genera aguas residuales de tipo industrial, provenientes de la planta suavizadora de agua de la fábrica de alcohol, de las purgas del tanque flash de calderas del proceso de clarificación, de la lavadora de caña, de la trampa de grasas y aceites y de la fábrica en general, las cuales son conducidas por tres drenes descargando en un canal principal, para riego agrícola en un área aproximada a 2 mil 300 hectáreas, conectándose dicho canal con el Río Guayalejo aproximadamente a 50 kilómetros de distancia del Ingenio, en la división de los ejidos Felipe Carrillo Puerto e Ignacio Manuel Altamirano del municipio de González.

  La empresa cuenta con dos tanques de almacenamiento de ácido sulfúrico con capacidad de 15 mil 708 y 15 mil 635 litros, con un dique de contención en donde se observan fracturas muy evidentes.

  En el caso del Ingenio del Mante los resultados de esta verificación no fueron muy diferentes al anterior; en materia de contaminación a la atmósfera, la empresa deberá instalar en cada una de sus tres chimeneas equipo de control, para evitar que sus emisiones rebasen el límite máximo permisibles.

  En materia de residuos peligrosos el Ingenio del Mante, SA de CV, deberá construir un área de almacenamiento de residuos peligrosos (aceite, grasas, sacos vacíos que contuvieron Fosfato Sódico, tanques vacíos de Hipoclorito de Sodio, antioxidantes, bactericidas, decolorantes y demás productos.

  Se le prohíbe a la empresa recolectar de forma manual de la trampa, aceite usado generado de la lubricación de molinos, deberá instalar la infraestructura necesaria para que la trampa de aceite no se encuentre a cielo abierto impidiendo la contaminación del suelo.

  En materia de riesgo ambiental, la empresa no cuenta con estudio de riesgo, ni con la aprobación de prevención de accidentes para el almacenamiento de alcohol etílico, rebasando la cantidad de reporte establecido en actividades riesgosas; (hace pocos años se registró funesto accidente en está área, ocasionando la muerte y lesiones de varios obreros).

  Después de este acuerdo de resolutivo, el Organo Interno de Control en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Area de Quejas turnó el oficio 16/QD-1146/02 fechado en México, DF el 31 de julio de 2002, basado en el expediente PSO 86/02,  al MC Edgar del Villar Avelais, Director de Denuncias Ambientales, lo relacionado a la imposición de una multa a los Ingenios del Mante y Xicoténcatl por todas las deficiencias operativas detectadas que originan la contaminación ambiental de los Ríos Mante y Guayalejo, entre otros, sin que estas empresas hayan dejado de contaminar el entorno regional atentando contra la flora y fauna silvestre.

  El 26 de agosto de 2002, el licenciado Luis Gerardo Welsh Rodríguez Jefe de Unidad en la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Delegación Tamaulipas, se dirigió a la licenciada Alejandra Trujillo Garza mediante el oficio PFPA-DET-DDQ-121/2002, manifestándole que posteriormente a la imposición de las multas administrativas a los Ingenios del Mante y Xicoténcatl, con fecha 15 de agosto de 2002 se realizó una visita de verificación de las 13 medidas técnicas impuestas a la Compañía Azucarera Río Guayalejo, observando al momento de la visita el cumplimiento únicamente en 2 de las 13 medidas técnicas, con la misma fecha se verificó las 11 medidas técnicas impuestas al Ingenio del Mante, observando el cumplimiento solo en 4 de ellas.

  Agrega este funcionario que; si de las investigaciones que se realicen se deviene que existe la comisión de un delito ambiental, por el incumplimiento de las medidas técnicas impuestas por esta autoridad, se procederá a la presentación de las denuncias que correspondan ante el Ministerio Público de la Federación.

  En superficial análisis sobre el desempeño de las autoridades responsables de proteger el medio ambiente a las que se dirigió la licenciada Alejandra Trujillo Garza, (documentos de por medio), se observa un vacío en torno al monto de la sanción administrativa aplicada a los Ingenios del Mante y Xicoténcatl, también queda en evidencia los resultados probatorios de la flagrancia de quebranto a las Normas Oficiales Mexicanas, por parte de las dos empresas y tomando en cuenta las fechas de estas notificaciones, testificando la continuidad de contaminación ambiental en la región, así como la elasticidad de actuación del que fuera el delegado estatal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, que advierte sobre la presunción de delitos cometidos por ambas empresas azucareras (estando estos plenamente configurados), lo que está a la vista no es más que un destello de asquerosa corrupción.

  A unas semanas de que se ponga en operatividad el ciclo zafrístico 2009-2010 en los Ingenios del Mante y Xicoténcatl, lo primero que se observa es la aplicación de agroquímicos para proteger de plagas y enfermedades el cultivo de caña, enseguida vendrá la criminal quema de los cañaverales, luego el desfogue de las perennes aguas residuales, la contaminación del aire con humos industriales que generan las calderas y así por los siglos de los siglos.

  Hemos centrado nuestra atención de manera preferente en lo que acontece en El Mante, sin embargo, el problema de la contaminación ambiental va mucho más allá de este municipio, en Xicoténcatl, Llera, Ocampo, Gómez Farías, Mante y parte de González, decenas de miles de hectáreas están sembradas de caña de azúcar, esta amplia región tamaulipeca representa el principal abastecedor de materia prima a los Ingenios del Mante y Xicoténcatl, así que ahí también se viven y padecen los estragos de la contaminación ambiental.

  En el municipio de Llera se localiza el nacimiento del Río Sabinas que después de largo trayecto por comunidades rurales de Gómez Farías y Xicoténcatl, se convierte en tributario del Río Guayalejo, en el municipio de Gómez Farías nace el Río Frío que también desemboca en el Guayalejo, el Río Comandante que nace en el municipio de Ocampo es afluente del Río Frío, el Río Mante nace en el municipio de El Mante y poco más del 50% de su trayecto es portador de aguas contaminadas para desembocar en el Río Guayalejo, los Ríos Santa Clara y Tantoán también nacen en el municipio de El Mante y sus aguas abastecen al Guayalejo convertido ya en el Río Tamesí.

 
Río Mante en su tramo El Nacimiento-La Aguja.

  Este amplio recurso hidrológico natural, teniendo como principal caudal de agua al Río Guayalejo, siendo portador de contaminadas aguas abajo, es el abastecedor de los sistemas de agua “potable”, para Llera, Xicoténcatl, González y Estación Manuel que se nutre de la presa Ramiro Caballero Dorantes o Las Animas, cuyo vaso lacustre se alimenta del Guayalejo, Altamira que toma agua del Tamesí o Guayalejo en donde existe vasto entorno compuesto de un sistema lagunero, hasta su desembocadura en el caudaloso Río Pánuco.

  Como se pude captar, la contaminación que se produce en la parte alta de esta región o zona de influencia de los Ingenios del Mante y Xicoténcatl, no nada más reviste peligro para los mantenses, xicotequenses, ocampenses, gomezfarienses, llerenses, gonzalences, etcétera y esto sin tomar en consideración que ninguno de los municipios aludidos cuenta hasta el momento, con una planta tratadora de aguas residuales provenientes de los sistemas de drenaje sanitario, por lo que estas aguas también aportan su letal cargamento al Río Guayalejo.

 
Río Guayalejo a la altura del Poblado El Limón.

  Vayamos ahora a abordar ese vasto territorio agrícola que se explota en El Mante, donde los principales cultivos son el Maíz, Sorgo, Fríjol Soya, Cártamo y en proporción menor el Tomate, la Cebolla y el Chile.

  Estos cultivos que se siembran bajo dos vertientes, el de temporal y el de riego, son los que cubren grandes extensiones de terreno, sus plagas y patógenos comunes, por obviedad que necesitan de la aplicación de fungicidas, insecticidas, fertilizantes, entre otros agroquímicos.

  La diferencia en estos cultivos es, que precisamente por sembrarse en grandes superficies, la aplicación de esos agroquímicos, preferentemente se hace por vía aérea, claro, sin la supervisión fitosanitaria de por medio.

  La utilidad de diversos agentes químicos aplicados con avión, sobre todo en los municipios de Altamira y González, al no respetar los horarios recomendados y violando las reglas normativas de porcentajes en volúmenes de agua, altura de vuelo, tránsito aéreo por zonas pobladas y los predominantes vientos del sur (aire huasteco), que sencillamente se convierte en el vehículo natural de transporte a todo el entorno, de esos tóxicos y letales productos aplicados en los sembradíos.

 Las partículas invisibles de estos agentes trasladadas vía aérea, sin mayores obstáculos llegan a la zona urbana, a las corrientes de agua de todos los ríos, arroyos, rayas y presas almacenadotas, que no decir del suelo.

 
Aviones fumigadores que operan en areopuerto mantense.

  La evaporación de los mismos a causa de las altas temperaturas y corrientes de aire mantienen envenenada toda la atmósfera: ¿Qué pudiera originar en la ropa, piel, aire que respiran los seres humanos, agua que consumen animales domésticos y que luego consumen los humanos, la presencia de minúsculas partículas de los agroquímicos?, bueno, al inicio de este artículo periodístico, también preguntamos: ¿Qué familia mantense no ha perdido un ser querido a causa del cáncer en cualquiera de sus manifestaciones?.

  Nosotros no tenemos la respuesta, por la sencilla razón del hermetismo como se manejan las autoridades sanitarias en esta ciudad y, que sin duda cualquier deceso por cáncer le será atribuido a causas “naturales”, menos como producto de la desmedida contaminación ambiental en que vivimos.

  Desde este espacio agradecemos y apreciamos el valor civil de la licenciada Alejandra Trujillo Garza, por convertirse en defensora de la salud de decenas de miles de seres humanos, del entorno natural en que vivimos, el cual está muriendo paulatinamente al igual que nosotros, por tener el valor de denunciar a esos silenciosos y ocultos asesinos del medio ambiente, poniendo en entredicho el actuar de las autoridades del ramo, que se han convertido en cómplices de quienes están cavando la tumba de esta parte del mundo en que vivimos.

  Sin llegar a ser expertos en materia legal, ecológica y del medio ambiente, basta analizar superficialmente el contenido de este trabajo periodístico, en donde claramente ha quedado expuesta la intervención de las autoridades federales, sin mayores consecuencias que la de ser testigos de la continua y permanente contaminación ambiental, por ello, optamos por reproducir una parte de lo que establecen las leyes del ramo en Tamaulipas, en espera de que alguien con los conocimientos debidos determine, a quien compete proteger la salud de decenas de miles de ciudadanos en esta parte del estado:

Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas

TÍTULO SEGUNDO

DE LA DISTRIBUCIÓN Y COORDINACIÓN DE COMPETENCIAS

CAPÍTULO I

DE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

ARTÍCULO 4.

La aplicación de la presente ley corresponde al Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría y a los Municipios a través de sus Ayuntamientos, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

ARTÍCULO 5.

Compete al Estado, por conducto de la Secretaría:

a) La aplicación y el cumplimiento de esta ley;

b) La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal y de los criterios ecológicos particulares en el territorio de la Entidad;

c) La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realice en bienes y zonas de jurisdicción estatal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación;

d) La regulación y prevención de la generación, transportación, aprovechamiento y gestión integral de los residuos de manejo especial, así como de los residuos peligrosos que tenga asignados;

e) La prevención y el control de la contaminación atmosférica, generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, que conforme a la Ley General no sean de competencia federal;

f) Integrar, mantener actualizado y publicar el inventario de fuentes fijas de contaminación atmosférica;

g) La regulación del aprovechamiento sustentable, prevención y control de la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas;

h) La prevención y el control de la contaminación generada por la emisión de ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores perjudiciales al ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales;

i) La regulación de actividades que no sean consideradas altamente riesgosas para el ambiente, cuando afecten al equilibrio ecológico de los ecosistemas o el ambiente dentro del territorio del Estado;

j) El establecimiento, manejo, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas de su competencia;

k) La realización de acciones de protección al ambiente, coordinadamente con las demás dependencias de la administración pública o con los sectores social y privado;

l) La regulación con fines ecológicos, del aprovechamiento de los minerales o sustancias no reservadas a la Federación, que constituyan depósitos naturales como roca o productos de su descomposición y que se utilicen para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento;

m) La participación en emergencias y contingencias ambientales, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan;

n) La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente de dos o más municipios;

o) La vigilancia del cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Federación, en las materias y supuestos que se encuentren dentro de la esfera de su competencia;

p) La conducción de la política estatal de información, difusión y educación en materia ambiental;

q) La promoción de la participación de la sociedad en materia ambiental, de conformidad con lo dispuesto en esta ley;

r) La regulación del impacto ambiental de las obras o actividades que no se encuentren expresamente reservadas a la Federación;

s) La formulación, ejecución y evaluación del Programa Estatal de Protección al Ambiente;

t) La emisión de recomendaciones a las autoridades competentes en materia ambiental, con el propósito de promover el cumplimiento de la legislación ambiental;

u) La atención coordinada con la Federación de asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más entidades federativas, cuando así lo consideren conveniente dichas entidades;

v) Inspeccionar, vigilar y aplicar las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley; y

w) Atender los demás asuntos que se prevén en esta ley y otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación.

ARTÍCULO 6.

Compete a los Ayuntamientos:

a) La preservación, restauración y protección del ambiente en sus respectivas circunscripciones territoriales, salvo que se trate de asuntos de competencia del Estado o de la Federación;

b) La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal, en forma coherente con las políticas federal y estatal;

c) La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia y la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o al Estado;

d) La formulación y expedición de los programas de ordenamiento ecológico municipal del territorio en los términos previstos en la presente ley, así como el control y la vigilancia del uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dichos programas, sin contravenir con lo dispuesto por la Ley para el Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Tamaulipas;

e) La prevención y control de la contaminación de la atmósfera generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos comerciales o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal;

f) El establecimiento y operación de sistemas de verificación de emisiones contaminantes de la atmósfera de los vehículos automotores que circulen por el territorio del municipio;

g) El señalamiento de las limitaciones a la circulación de los vehículos automotores, cuyos niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera rebasen los límites máximos permisibles, que determinen los reglamentos y normas vigentes;

h) La aplicación de medidas de tránsito y vialidad necesarias, dentro de la circunscripción municipal correspondiente, para reducir los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera de los vehículos automotores;

i) La promoción de acuerdos con quienes realicen actividades contaminantes y, en su caso, requerirles la instalación de equipos de control de emisiones;

j) La operación de sistemas de monitoreo de la contaminación atmosférica en el Municipio, con apego a las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes;

k) La certificación de los niveles de emisión de contaminantes a la atmósfera, con apego a las Normas Oficiales Mexicanas respectivas;

l) La vigilancia del cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Federación;

m) La formulación y conducción de la política municipal de información, difusión y educación en materia ambiental;

n) La participación en la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial;

o) La elaboración y difusión en la comunidad de un informe semestral sobre el estado del ambiente en el Municipio, así como los resultados del monitoreo de la calidad del aire, integrándolos al Sistema de Información Estatal a cargo de la Secretaría;

p) La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, en el ámbito de su competencia, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a la legislación en la materia corresponda al Gobierno del Estado;

q) La disposición de instalación de sistemas de tratamiento a quienes exploten, usen o aprovechen en actividades económicas, aguas federales concesionadas a los Municipios para la prestación de servicios públicos, así como a quienes descarguen aguas residuales en los sistemas municipales de drenaje y alcantarillado, que no satisfagan las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes;

r) La implantación y operación de sistemas municipales de tratamiento de aguas residuales, de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables;

s) La aplicación en las obras e instalaciones municipales destinadas al tratamiento de aguas residuales, de los criterios que emitan las autoridades federales correspondientes, a efecto de que las descargas en cuerpos y corrientes de agua que pasen al territorio de otro Municipio u otra entidad federativa satisfagan las Normas Oficiales Mexicanas aplicables;

t) La realización, en su caso, del tratamiento de aguas residuales de origen particular que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado, previo el pago de los derechos correspondientes;

u) La conformación y actualización del registro municipal de las descargas a las redes de drenaje y alcantarillado que administren, cuyos datos serán integrados al Registro Estatal de Descargas de Aguas Residuales a cargo de la Secretaría y, a su vez, al Registro Nacional de Descargas de Aguas Residuales;

v) La prevención y el control de la contaminación originada por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas, energía lumínica y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móviles excepto las que, conforme a la Ley General, sean consideradas de jurisdicción federal;

w) La regulación y el control de la contaminación visual, siguiendo los lineamientos de esta Ley;

x) La regulación de la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos, así como de los de manejo especial que tengan asignados;

y) La prevención y restauración del equilibrio ecológico y la protección ambiental en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transportes locales, siempre y cuando no se trate de facultades otorgadas a la Federación o al Estado;

z) La participación en la prevención y control de emergencias y contingencias ambientales, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan;

aa) El establecimiento de las medidas necesarias para el cumplimiento de esta ley y la imposición de las sanciones correspondientes;

bb) La concertación con los sectores social y privado para la realización de acciones de protección al ambiente y preservación ecológica previstas en la presente ley;

cc) La participación en la atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más municipios y que generen efectos ambientales en su circunscripción territorial, en coordinación con el Gobierno del Estado;

dd) La formulación, ejecución y evaluación del Programa Municipal de Protección al Ambiente;

ee) La creación y administración de las áreas naturales protegidas de su competencia; y

ff) Los demás asuntos que se prevén en la presente disposición, así como en la Ley General y de las que de ella se deriven.

ARTÍCULO 7.

En la realización de actividades o servicios regulados por esta ley que causen o puedan causar desequilibrio ecológico, daño al ambiente, afectar la salud o bienestar de la población, se observarán los límites y procedimientos que se fijen en las Normas Oficiales Mexicanas que expida la Federación.

  Para reflexión agregaremos palabras prestadas dichas por alguien importante en su más reciente visita a México: Al Gore, premio Nobel de la Paz por su "The Climate Project", señaló que se requieren políticas públicas que devenguen en un cambio social y una mentalidad distinta, porque ante el cambio climático no basta con cambiar los focos o cerrar la llave del agua.

  Gore expresó que eligió México como sede en la región por la vecindad con Estados Unidos, además de la gran cantidad de recursos naturales que posee el país.

  Sobre las advertencias del cambio climático el activista señaló que no hace falta más tiempo para darse cuenta de la crisis, basta con ver "las terribles inundaciones que se ven en México desde hace dos años y las sequías incontenibles como muestra de la crisis que ya se vive".

  Aseveró que la crisis climática, por un lado puede causar grandes inundaciones y por otro, sequías profundas. Las primeras tienen que ver con la ubicación de las poblaciones y a que se han modificado los patrones climáticos. Las sequías, agregó, están relacionadas “con el hecho de que el calor evapora más agua de los océanos para crear las condiciones de más lluvias, pero al mismo tiempo saca la humedad de los suelos y hace que se sequen, se elevan las temperaturas y se aceleran las condiciones de sequía de manera rápida”.

  Como organización sede de The Climate Project México en América Latina, Pronatura México A. C., proveerá apoyo al proyecto en: infraestructura y administración; experiencia como la organización de mayor incidencia en temas de conservación en México; incorporación a las actividades en las representaciones regionales y estatales que integran a la Federación Pronatura; así como integración a las estrategias y acciones orientadas a lograr un desarrollo sustentable en regiones y sitios prioritarios del país.

  Del mismo modo, el Proyecto se sumará a la experiencia de Pronatura a través de sus líneas de acción en educación ambiental, desarrollo comunitario, política y gestión ambiental. - El Mante y su región es un sitio prioritario que debe atenderse ya.

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